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Mercantil 2 min

La Ley 2/2023 (20 de febrero), protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

𝗘𝗹 𝟮𝟭 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟯 𝘀𝗲 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗼́ 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗕𝗢𝗘 𝗹𝗮 𝗟𝗲𝘆 𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟯, 𝗱𝗲 𝟮𝟬 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼, 𝗿𝗲𝗴𝘂𝗹𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗽𝗿𝗼𝘁𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗲𝗻 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗿𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗻𝗼𝗿𝗺𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀 𝘆 𝗱𝗲 𝗹𝘂𝗰𝗵𝗮 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗿𝗿𝘂𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻. Este nuevo texto trae consigo la obligación del legislador de trasponer a nuestro Derecho la Directiva Whistleblowing, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. ⁣

Artiaga Elordi

𝗘𝗹 𝟮𝟭 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟯 𝘀𝗲 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗼́ 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗕𝗢𝗘 𝗹𝗮 𝗟𝗲𝘆 𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟯, 𝗱𝗲 𝟮𝟬 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗯𝗿𝗲𝗿𝗼, 𝗿𝗲𝗴𝘂𝗹𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗽𝗿𝗼𝘁𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗲𝗻 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗿𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗻𝗼𝗿𝗺𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀 𝘆 𝗱𝗲 𝗹𝘂𝗰𝗵𝗮 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗿𝗿𝘂𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻. Este nuevo texto trae consigo la obligación del legislador de trasponer a nuestro Derecho la Directiva Whistleblowing, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. ⁣

La finalidad de la ley es proteger a aquellas personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos correspondientes. ⁣

Con el propósito de alcanzar dicha finalidad, el presente cuerpo normativo exige a todas las empresas y entidades con 50 o más empleados la integración de canales operativos para la denuncia de posibles infracciones. Con la implementación del whistleblowing o canal de denuncias, las empresas deben conceder a sus trabajadores la posibilidad de denunciar aquellas conductas que no sean ajustadas a derecho, garantizando la prohibición de represalias hacia el informante, la confidencialidad en todo el procedimiento y la posibilidad de interponer dichas denuncias con carácter anónimo. ⁣

El incumplimiento de la obligación de implantar un canal de denuncias o la inobservancia de las garantías de confidencialidad y anonimato por parte de las empresas puede conllevar a que éstas tengan que hacer frente a sanciones de hasta 1 millón de euros, así como la prohibición de obtener subvenciones y otros beneficios fiscales, por la comisión de una infracción muy grave. Para evitarlo, es recomendable que los sujetos obligados se anticipen a la entrada en vigor de dicha normativa. ⁣

𝗘𝗹 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗶𝗺𝗽𝗹𝗲𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗺𝗲𝗿𝗶𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗰𝗮𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝗻𝘂𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗼 𝗮𝗱𝗮𝗽𝘁𝗮𝗿 𝗹𝗼𝘀 𝘆𝗮 𝗲𝘅𝗶𝘀𝘁𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗮 𝗹𝗮 𝗟𝗲𝘆 𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟯 𝗳𝗶𝗻𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼́𝘅𝗶𝗺𝗼 𝟭 𝗱𝗲 𝗱𝗶𝗰𝗶𝗲𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘁𝗼𝗱𝗮𝘀 𝗹𝗮𝘀 𝗲𝗻𝘁𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗼𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝗱𝗮𝘀, así como para aquellas entidades que al ser de menor tamaño no estarían obligadas, pero disponen voluntariamente de un canal.⁣

Cabe destacar que la implantación de un canal de denuncias es algo muy positivo y fomenta a que las empresas sean más transparente. Permite detectar la comisión de actos irregulares. Facilita que las compañías crezcan con una cultura ética muchas más consolidada. Pero todo esto, no es posible sin una implantación eficaz.⁣

Desde Artiaga Elordi conocemos la importancia de una adecuada gestión y seguimiento de dicha herramienta. Queremos que las empresas cumplan con su obligación legal con las máximas garantías y para ello contamos con un equipo de profesionales con una amplia experiencia y trayectoria en esta materia dispuestos a ayudarte. ⁣

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