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Mercantil 5 min

El Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad: Cambios Clave para las Empresas

El pasado 15 de noviembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad. Este documento tiene como objetivo transponer la Directiva (UE) 2022/2464 al marco legal español, modificando normas clave como el Código de Comercio (CCom), la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y la Ley de Auditoría de Cuentas (LAC). A continuación, analizamos los principales cambios que introduce este proyecto de ley y sus implicaciones para las empresas.

Artiaga sostenibilidad. Artiaga Elordi

El pasado 15 de noviembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad. Este documento tiene como objetivo transponer la Directiva (UE) 2022/2464 al marco legal español, modificando normas clave como el Código de Comercio (CCom), la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y la Ley de Auditoría de Cuentas (LAC). A continuación, analizamos los principales cambios que introduce este proyecto de ley y sus implicaciones para las empresas: 

1. Introducción del Informe de Sostenibilidad

Se añade un nuevo art. 262bis en la LSC, en virtud del cual se sustituye la «información no financiera» por el «informe de sostenibilidad», un documento obligatorio para determinadas empresas que deberán incluir en el propio informe de gestión, y cuyo contenido será el establecido en el art. 49 del Ccom. Este deberá incluir información esencial para comprender:

  • El impacto de la empresa en cuestiones de sostenibilidad.
  • Cómo estas cuestiones de sostenibilidad afectan a la evolución, resultados y situación de la empresa. 

Las sociedades obligadas a presentar este informe son:

  • Grandes empresas y sociedades dominantes de grupos grandes que cumplan, a nivel individual o consolidado, al menos dos de los siguientes criterios durante dos ejercicios consecutivos:
    • Activo superior a 25 millones de euros.
    • Cifra anual de negocios superior a 50 millones de euros.
    • Número medio de trabajadores superior a 250.

Las grandes empresas deberán presentar informe individual, mientras que las dominantes de grupos grandes deberán presentar solo informe consolidado.  

Las sociedades dejarán de estar obligadas si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de los criterios señalados. 

  • PYMES cotizadas, excepto microempresas, es decir, aquellas que, al cierre de dos ejercicios consecutivos, cumplan, al menos, dos de los siguientes criterios: (i) activo no superior a 450.000 euros; (ii) cifra anual de negocios no superior a 900.000 euros; y (iii) número medio de trabajadores no superior a 10. 
  • Entidades de crédito y aseguradoras que cumplan los criterios de tamaño anteriores.
  • Filiales y sucursales en España de empresas de un tercer país (no UE ni EEE), siempre que cumplan ciertos requisitos de tamaño y volumen de negocios. 

Las PYMES dispondrán de un régimen simplificado y podrán limitar su reporte a aspectos clave como modelo de negocio, políticas y riesgos relacionados con sostenibilidad.

2. Creación de la Figura del Verificador de Sostenibilidad

Una de las innovaciones más relevantes es la creación del verificador de la información sobre sostenibilidad, encargado de:

  • Comprobar la conformidad de los informes con las nuevas normas aplicables, tanto nacionales como europeas. 
  • Supervisar el proceso de recopilación de la información. 
  • Verificar el cumplimiento de la elaboración de la información en formato electrónico estandarizado. 

Este rol está diseñado con estándares similares a los de los auditores de cuentas, incluyendo requisitos de independencia y formación. Además, su actividad será supervisada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). 

3. Modificaciones del Código de Comercio

La principal modificación que se pretende introducir en el Ccom es la introducción de un nuevo art. 49bis del CCom, que regula el contenido del informe de sostenibilidad para grupos de sociedades, que debe incluir:

  • Descripción del modelo de negocio y estrategia del grupo. 
  • Objetivos a corto, medio y largo plazo en cuestiones de sostenibilidad.
  • Descripción de la función de los órganos de administración en cuestiones de sostenibilidad, y de sus conocimientos especializados y capacidades en relación con el desempeño de dicha función. 
  • Políticas internas y sistemas de incentivos relacionados con sostenibilidad.
  • Principales riesgos y dependencias del grupo en esta materia, y la forma en que el grupo gestiona dichos riesgos. 

Las sociedades comunicarán la información de sostenibilidad de conformidad con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad. Este informe se pondrá a disposición del público de forma gratuita y será accesible en el sitio web de la sociedad dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de finalización del ejercicio y por un periodo de 5 años.

4. Cambios en la Ley de Auditoría de Cuentas

La LAC incorpora nuevos requisitos relacionados con la supervisión y verificación de los informes de sostenibilidad. Estas obligaciones incluyen:

  • La inscripción de verificadores en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. 
  • Reglas sobre nombramiento, independencia, control de calidad y régimen sancionador.
  • Supervisión por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

5. Entrada en Vigor y Aplicación Progresiva

El Proyecto contempla un calendario gradual para su implementación:

  • Grandes empresas se dividen en dos grupos:
    • Grandes empresas que sean de interés público y sociedades dominantes de grupos de interés público (ambas con más de 500 trabajadores) deberán cumplir con las nuevas obligaciones a partir del 1 de enero de 2024. 
    • El resto de grandes empresas y sociedades dominantes de grupos grandes tendrán hasta el 1 de enero de 2025. 
  • PYMES cotizadas, aseguradores y entidades de crédito pequeñas y no complejas deberán cumplir a partir del 1 de enero de 2026. 
  • Filiales y sucursales españolas de empresas de terceros países con un volumen de negocio en la UE superior a 150 millones de euros deberán cumplir a partir del 1 de enero de 2028. 

6. Implicaciones prácticas para las Empresas 

Las empresas deben comenzar a preparar sus sistemas internos y equipos para cumplir con estas nuevas exigencias. Esto incluye:

  • Formación de los órganos de administración en materia de sostenibilidad.
  • Revisión de políticas internas y adaptación de la estrategia corporativa.
  • Implementación de sistemas de recolección y análisis de datos que cubran toda la cadena de valor.

Conclusión

En conclusión, este proyecto de ley supone un paso importante hacia la transparencia y la responsabilidad corporativa, pero también implica un esfuerzo considerable para las empresas. Prepararse con antelación será clave para cumplir con las nuevas obligaciones de forma eficiente y alineada con los objetivos de sostenibilidad de la UE.

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