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Laboral 2 min

¿Qué documento necesitan los ciudadanos comunitarios para trabajar en España?

Cada día son más los ciudadanos europeos que se incorporan al sector laboral en España. No obstante, no siempre se conocen a cabalidad los requisitos que deben cumplir estos para poder estar dados de alta en la Seguridad Social. Intentaremos aclarar sobre este particular.

Hemos observado que la mayoría de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, así como los empleadores, piensan que la obtención de un Número de Identificación de Extranjero (NIE) es suficiente para realizar una actividad laboral en España. Este error viene porque es cierto que con el NIE (llamado coloquialmente folio blanco, en base al soporte en el que se emite) podrán los ciudadanos comunitarios darse de alta en la Seguridad Social y firmar el contrato laboral. Ahora bien, en cuanto se tenga el contrato se deberá solicitar un documento denominado Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (tarjeta azul o folio verde), pues este es el documento que realmente les habilita a trabajar en España.

Una mención especial debemos realizar en referencia a los nacionales británicos. Desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE) producida el 31 de enero de 2020, sus nacionales tienen la condición de extracomunitarios, por lo que deberán contar con una autorización de trabajo previa a su alta en la Seguridad Social.

La anterior regla general tiene una excepción establecida en el Acuerdo de Retirada negociado por la UE y Reino Unido para que este país pueda tener una salida efectiva y ordenada de la Unión. Se trata de la posibilidad de que los británicos que residían con anterioridad en la UE puedan solicitar la expedición de un documento de residencia en el que se menciona explícitamente su condición de beneficiario del Acuerdo de Retirada. 

La solicitud de este nuevo documento de residencia no es obligatoria para los que ya cuenten con un Certificado de Registro, puesto que dicho documento les sigue permitiendo residir y trabajar legalmente en España. No obstante, se recomienda que se solicite la mencionada Tarjeta de Residencia.

En conclusión, para los ciudadanos comunitarios, el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión es el documento que realmente habilita a trabajar en España; el NIE solo cubre los trámites iniciales. Las empresas deben asegurarse de que sus empleados comunitarios dispongan de la documentación correcta; por ello siempre recomendamos que se adopte como una medida de control interna la de revisar los documentos de identidad y laborales de los trabajadores extranjeros contratados en la empresa.

Además, si eres ciudadano comunitario y tienes previsto trasladarte a residir en España por un período superior a tres meses, también estás legalmente obligado a solicitar el Certificado, incluso si no tienes la intención de trabajar. Cualquier estancia prolongada requiere acreditar formalmente la residencia ante las autoridades competentes.

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